Anotación de psicotropos en «libro recetario»…¿por…? ¿para…?
Publicado: octubre 19, 2014 | Autor: arigax | Archivado en: La portavocía de D. José: un anciano con demencia superviviente en un entorno social y sanitario de locura, Legislación, Para pensar, Uff... | Tags: ancianos, errores de medicación, legislación, psicotropo, residencia social | 3 comentariosSi te dan el papel pautado, utiliza el otro lado
Juan Ramón Jiménez (1881-1958)
Parece cuestión de otros tiempos, pero sí, así es: la Agencia del Medicamento y Productos Sanitarios ha recordado, en la nota informativa con referencia ICM 01/2013, que los psicotropos relacionados en el Anexo 1 del RD 2829/1977 tienen que seguir anotándose en el libro recetario. Este Real Decreto es «por el que se regulan las sustancias y preparados medicinales psicotrópicos, así como la fiscalización e inspección de su fabricación, distribución, prescripción y dispensación», que aún sigue en vigor. Los requisitos de control con este tipo de medicamentos también se contemplan en el RD de receta médica de 2010 pero, hasta entrado el siglo XXI, no se han habilitado procedimientos para que el libro recetario sea electrónico en comunidades como Madrid, Aragón, Valencia, …
Algunos profesionales sanitarios levantan la ceja cuando se les explican los controles que nos vemos obligados a supervisar los farmacéuticos para garantizar un uso adecuado (y lícito) de psicotropos, según legislación y acuerdos internacionales, en vigor desde hace muchos años. Y parece hasta increible que exista tal sistema de control, si se observa la deriva creciente de uso en España, aparentemente imparable y desbocada. Las estrategias de deshabituación parecen resultar ciertamente penosas para nuestra estructura sanitaria.
Podemos recordar la implicación de psicotropos en casos delictivos mediáticos recientes para percatarnos de que la banalización del uso y de su disponibilidad tiene graves consecuencias:
- caso Bretón (Ruth y José): se le juzga entre otras cosas por «…si camino de la finca de Las Quemadillas suministró tranquilizantes a los pequeños para facilitar su adormecimiento total y/o su muerte»
- caso Asunta: «los análisis demuestran que Asunta recibió una dosis letal de ansiolítico»
- Pederasta de Ciudad Lineal: «El presunto pederasta de Ciudad lineal narcotizaba a las menores con orfidales»
Realmente estos casos son simplemente una gota en el mar: los psicotropos están vinculados con una gran variedad de delitos, desde violaciones hasta robos, pasando por tráfico de sustancias prohibidas y falsificación de recetas . La implicación de profesionales sanitarios en estos delitos/faltas está fuertemente castigada. No hay excusa posible para que un profesional alegue desconocimiento de la legislación que se aplica a psicotropos, ni de las consecuencias que supone sortearla.
En otro plano distinto, los psicotropos son protagonistas de gran número de intoxicaciones medicamentosas, posiblemente por la disponibilidad y preferencia de uso en intentos autolíticos. La intoxicaciones en niños son especialmente preocupantes y confirman la baja percepción del riesgo en el hogar.
Las consecuencias de la inducción del uso en ancianos, muchas veces para «facilitar» su «cuidado», por emplear un eufemismo, tiene consecuencias devastadoras: caídas y fracturas de cadera (atribución estimada en España de un 8,2%), traumatismos en general, enfermedad de Alzheimer… De hecho los pacientes ancianos atendidos por traumatismos en urgencias tienen más probabilidad de ser usuarios de benzodiacepinas y además estar institucionalizados.
Por tanto, ¿precisan controles? Parece que sí, indudablemente. La Junta Internacional de Fiscalización de Estupefacientes, dependiente de la ONU, tiene un apartado de trabajo dedicado específicamente a la circulación internacional y evolución en consumo de los psicotropos, emitiendo informes anualmente. Otra cuestión es si los procedimientos de control actuales para el uso lícito tiene alguna utilidad determinante, o si las fisuras del sistema los convierten en inútiles en la práctica.
Pensemos ahora en la cantidad de psicotropos que se mueven en una residencia geriátrica: si, tomando datos disponibles, un 66% de institucionalizados reciben medicación psicotrópica, en una residencia sin servicio de farmacia, con 100 residentes, y suponiendo que sus envases estén a medio consumo (aprox. 15 comprimidos por persona), la persona que prepara la medicación tiene a su alcance diariamente y distribuye ¡990 comprimidos de distintos psicotropos!
D. José es un señor ingresado en residencia geriátrica. El 24 de abril de 2014 pudo ser víctima de un error de medicación con un psicotropo a la cena, consistente en la administración de doble dosis de la prescrita, aunque ese día al menos no le alcanzó porque lo descubrió su familiar. D. José tenía prescrito alprazolam 0,25 mg , que todos los días se le administraba con un comprimido blanco y redondo. El día 20 de abril tenía en el pastillero un comprimido rosa con inscripción UPJOHN55 que se puede identificar perfectamente con Trankimazin 0,5 mg, a pesar de haber sido desemblistada. No obstante, el familiar no estaba al desayuno, momento en el que también tenia prescrito medio comprimido de alprazolam 0,25.
¿Cómo llegó este comprimido al pastillero de D.José si lo prescrito (y dispensado por la farmacia según la factura) era alprazolam 0,25 mg?
La explicación ofrecida por la enfermera a la pregunta fue que «la farmacia puede haber dispensado otro genérico distinto, pero también es alprazolam 0,25«. Craso error: aunque la equivalencia en la apariencia de genéricos no se logra, al menos en este medicamento se viene respetando el color de los comprimidos respecto al de referencia (Trankimazin).
La explicación puede tener varias respuestas. La compartición de medicación entre residentes que tienen el mismo tratamiento es la menos probable, ya que parece que se ha mermado considerablemente desde que el RD 16/2012 obliga a que los antiguos «pensionistas» tengan que aportar en la compra de sus medicamentos, entregándose en las farmacias, además, a cada residente su propia factura, por lo que originaría protestas. Lo que sí parece plausible es la existencia de un «botiquín» de medicamentos variados, ya que en el geriátrico de D. José se practica – y se reconoce sin pudor- la recogida de los medicamentos remanentes de residentes, por fallecimiento o suspensión de tratamiento, para «reciclado», con permiso del usuario que lo ha pagado, obviamente. De hecho, tras la suspensión del tratamiento de alprazolam de D. José, en octubre a su tutora se le entregó la medicación sobrante, y ante el comentario de que se tiraría el alprazolam en punto limpio, se requirió su donación para el botiquín del centro, o aprovechamiento en otro usuario. No obstante… alprazolam es un psicotropo .
Aplicando la proporción citada en bibliografía de residentes con psicotropos, en una residencia con las características de la de D. José (82 residentes), un enfermero/a tiene más de 800 comprimidos para distribuir o mantener en el cajetín de cada residente, mientras que la administración la realiza al día siguiente otro enfermero/a distinto, con la medicación desemblistada, como se puede ver. ¿Es posible que una sola persona pueda controlar esta cantidad de medicación hasta el punto de percatarse de errores, pérdidas o «desapariciones misteriosas»?
En la Orden de 14 de enero de 1981 por la que se desarrolla el RD 2829/1977, se especifica que no se permitirá la existencia de sustancias psicotrópicas en los botiquines de urgencias y además «NO SE PERMITIRA LA EXISTENCIA EN EL HOSPITAL DE SUSTANCIAS PSICOTROPICAS FUERA DE LOS SERVICIOS FARMACEUTICOS. DE IGUAL MODO NO SE PERMITIRA LA EXISTENCIA DE TALES SUSTANCIAS, EN AQUELLOS CENTROS HOSPITALARIOS QUE CAREZCAN DE SERVICIO FARMACEUTICO». El resto de «centros» ni se contemplan, pero estarían implícitamente desautorizados para la creación de botiquines con este tipo de sustancias. En 2014 parece que la realidad ha superado ampliamente la imaginación del legislador de hace 33 años, y se ha complicado las situaciones en las que se requeriría el control de los acúmulos más voluminosos de psicotropos . De hecho,el unico control de psicotropos en residencias geriátricas sin servicio de farmacia (inmensa mayoría en España) y suministradas por oficinas de farmacia, en la práctica, es el apunte de libro recetario.
Se supone, por tanto, que D. José tenía su dispensación de alprazolam 0,25 apuntada en el libro recetario, lo mismo que lo habría tenido el residente que «donó» el Trankimazín 0,5 que se colocó en el pastillero de D. José. De igual modo, alguna otra persona tenía asignados los tranquilizantes que posiblemente le dieron a Ruth y José, a Asunta, y a las víctimas del pederasta de Ciudad Lineal. Seamos sinceros, aparte de los fines meramente estadísticos, tanto apunte… ¿previene algo…?
Que la sociedad y las instituciones se rasguen las vestiduras por incumplimiento de «protocolos» es muy loable, pero también deberíamos preocuparnos de lo escandaloso que resulta el incumplimiento de la legislación más básica. Cuando no, de lo inútil que parece en la práctica.